Los trabajadores a que se refieren los párrafos anteriores deberán guardar sigilo profesional sobre la información relativa a la empresa a la que tuvieran acceso como consecuencia del desempeño de sus funciones. 2 bis. Las empresas, en atención al núpuro de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las https://salud-ocupaciona84959.blogaritma.com/32479006/la-mejor-parte-de-salud-ocupaciona